FaQ del IMA
Preguntas frecuentes, y sus respuestas
- SOBRE PERTENENCIA AL IMA
- SOBRE LA ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS/AS DEL IMA
- SOBRE LAS CUOTAS ECONÓMICAS COMO SOCIO/A DEL IMA
- SOBRE LA LISTA DE DISTRIBUCIÓN IMA
- SOLICITUD Y DEMANDA DE INFORMACIÓN SOBRE EL IMA
1. SOBRE PERTENENCIA AL IMA
1. ¿Quién puede ser socio/a ordinario/a del IMA?
Toda aquella persona física, no jurídica, que muestre interés por la Antropología
2. ¿Necesito tener alguna acreditación o titulación como antropólogo/a?
No
3. ¿Necesito que me avalen otros socios/as del IMA?
No
4. ¿Puedo pertenecer al IMA siendo aún estudiante universitario?
Sí
5. ¿Cómo se solicita la adhesión al IMA?
Cumplimentando y enviando el formulario correspondiente de adhesión al IMA. El formulario se encuentra en: http://www.ima.org.es/socios.html
6. ¿Cómo muestro el interés por la Antropología que se me solicita para ser socio/a del IMA?
Cumplimentado el campo correspondiente en el formulario de adhesión al IMA. Este campo es de cumplimentación obligatoria para que se pueda efectuar el envío del mismo con éxito.
7. ¿Puedo participar de las actividades organizadas por el IMA sin ser socio/a del IMA?
Se puede participar sin ser socio/a del IMA en todas aquellas actividades que el IMA organice de manera abierta y destinadas a público general, así como en algunos, no en todos, grupos temáticos del IMA. De todas formas la participación en los grupos temáticos está limitada, pues las personas que no sean socios/as del IMA no pueden participar con voto en las decisiones tomadas en cada uno de los grupos temáticos del IMA.
8. ¿Qué ventajas tiene ser socio/a del IMA?
Adquirir todos los derechos que los Estatutos del IMA le otorgan a los socios/as del IMA
Participar en todas las actividades y servicios que realice o preste el IMA para con sus socios/as, teniendo preferencia en las actividades y servicios que también puedan destinarse a un público general Participar en la creación, funcionamiento y dirección y coordinación de los grupos temáticos de interés creados en el IMA al efecto por áreas específicas de intereses en Antropología Participar en toda Asamblea General del IMA, teniendo voz y voto en los acuerdos y decisiones que en las mismas se propongan y adopten Participar, en su caso, en los puestos de dirección del IMA
2. SOBRE LA ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS/AS DEL IMA
9. ¿Cuándo se celebrarán las próximas Asambleas Generales del IMA?
Ver las convocatorias en http://www.ima.org.es
10. ¿Se puede participar en las próximas Asambleas Generales del IMA solamente con la solicitud de adhesión al IMA?
Sí, desde el momento en que haga efectiva el alta como socios/as del IMA por el resto de socios/as del IMA. Para ello, y con el ánimo de favorecer y facilitar la participación, una vez presentados los preceptivos informes de dirección, el siguiente punto del orden del día de la Asamblea General del IMA es el del acuerdo de las nuevas altas como socios/as del IMA de las solicitudes recibidas en el IMA por la Junta Directiva del IMA. Una vez acordadas por los socios/as del IMA dichas solicitudes de adhesión, todas las personas que sean dadas de alta como socios/as del IMA podrán participar en el resto de la Asamblea General del IMA, con voz y voto.
11. ¿Hasta cuando se puede solicitar la adhesión al IMA para poder ser incorporados y dados de alta como socios/as del IMA en las próximas Asambleas Generales del IMA, y consecuentemente, participar en las mismas?
2 horas antes del inicio, en primera convocatoria, de las próximas Asamblea General del IMA en reunión ordinaria y Asamblea General del IMA en reunión extraordinaria.
12. ¿Cuándo podría entrar a formar parte como socio/a del IMA si no lo solicito antes de la fecha referida antes de la celebración de la próxima Asamblea General del IMA?
En la próxima Asamblea General del IMA se propondrá una reforma de los Estatutos del IMA para que el proceso de entrada como socio/a del IMA sea lo ágil posible y aquellas personas que solicitan ser socios/as del IMA puedan incorporarse lo antes posible con todos los derechos, sin que el nuevo procedimiento vaya en detrimento de los derechos de los demás socios/as del IMA. De aprobarse dicha reforma no se tendrá que esperar a una Asamblea General del IMA para que los demás socios/as aprueben las solicitudes de incorporación como socios/as ordinarios/as del IMA.
13. ¿Cada cuanto tiempo se celebran las Asambleas Generales del IMA?
Es obligatorio, de acuerdo con los Estatutos del IMA celebrar al menos una Asamblea General del IMA al año. La Junta Directiva del IMA puede valorar aumentar su frecuencia de acuerdo a los temas de interés del IMA.
14. ¿Participan de igual manera en las Asambleas Generales del IMA aquellas personas que son ya socios/as del IMA y las personas que han solicitado su adhesión al IMA?
Según el procedimiento actual reglado en los Estatutos del IMA, los socios/as del IMA participan en la Asamblea General del IMA desde que esta se constituye y eligen a la Mesa de dirección de la misma, que será la que dirija y modere la misma. Las personas que han solicitado su adhesión al IMA participarán en la Asamblea General del IMA desde que los demás socios/as del IMA en dicha Asamblea General del IMA acuerden su alta como socios/as del IMA.
15. ¿Cómo se participa en las Asambleas Generales del IMA?
Mediante la asistencia presencial a dicha Asamblea General del IMA, ejerciendo los derechos de voz y voto que tienen todos/as los/as socios/as del IMA.
16. ¿Se puede delegar el voto para las Asambleas Generales del IMA? ¿Existe la posibilidad de voto por correo?
No. El artículo 11 de los Estatutos del IMA explicita que el voto es indelegable. Tampoco existe la posibilidad de voto por correo. Para ejercer los derechos de voz y voto como socio/a del IMA, se debe asistir presencialmente a dicha Asamblea General del IMA.
17. ¿Hay que estar al corriente de la cuota económica para asistir y poder votar en las Asambleas Generales del IMA siendo ya socio/a del IMA?
Sí. El artículo 13 de los Estatutos del IMA explicita que para tener reconocidos los derechos como socio/a del IMA, lo que incluye el derecho a voto, se tiene que estar al corriente de pago de la cuota económica como socio/a del IMA.
Si no se tuviera satisfecha la cuota económica como socio/a del IMA del año en curso, y se quiera participar en las Asambleas Generales del IMA con voz y voto, sí habría un compromiso moral adquirido de satisfacer lo más pronto posible la cuota económica como socio/a del IMA del presente año, mejor si fuera antes de la celebración de las propias Asambleas Generales del IMA.
18. ¿Las personas que solicitaron su adhesión al IMA pueden participar en la misma Asamblea General del IMA en la que han sido dadas de alta como socios/as del IMA, si aún no se ha satisfecho la cuota económica correspondiente?
Sí. Por acuerdo de la Asamblea General del IMA sí se puede, con todos los derechos de los socios/as del IMA, y en relación al resto de asuntos que se aborden en dichas Asamblea General del IMA, una vez se apruebe su alta como socio/a del IMA por los demás socios/as del IMA presentes.
En relación a la próximas Asambleas Generales del IMA, una vez dados del alta como socios/as del IMA, podrán participar con voz y voto siempre y cuando se contraiga el compromiso moral y la buena voluntad de satisfacer la cuota económica como socio/a del IMA dentro de los plazos establecidos posteriormente y siguiendo las indicaciones que se envíen desde la Tesorería del IMA.
SOBRE LAS CUOTAS ECONÓMICAS COMO SOCIO/A DEL IMA
19. ¿Cuál es el importe de la cuota económica de participación como socio/a del IMA?
40 €. Corresponde al importe de la cuota extraordinaria establecida en la primera Asamblea General del IMA y acordado por la Junta Directiva del IMA, para el año de 2011, y hasta nuevo acuerdo.
20. ¿Todas los socios/as del IMA deben satisfacer la misma cuota económica?
Sí. Según acuerdo de la Junta Directiva del IMA, para el año 2011, y hasta nuevo acuerdo, todos los socios/as del IMA satisfacerán el mismo importe asignado.
Si eres socio/a del IMA, en su momento desde la Tesorería del IMA se pondrán en contacto contigo y te indicarán cómo hacerlo.
5. SOLICITUD Y DEMANDA DE INFORMACIÓN SOBRE EL IMA
27. ¿Tienes alguna otra pregunta, explicación complementaria o demanda de información que hacernos con respecto al IMA?
Para cualquier otra pregunta, explicación complementaria o demanda de información, escríbenos a:
secretaria [arroba] ima.org.es