GRUPOS TEMÁTICOS
I. Un Grupo Temático (GT) es una red formal de socios/as del IMA, que comparten un interés común por algún aspecto concreto de la Antropología, sea tanto desde el punto de vista de los contenidos teórico – metodológicos, de su aplicación práctica, o desde su vertiente profesional o estudiantil.
II. Quien pierda su condición de socio/a del IMA perderá igualmente su condición de miembro de los GT a los que pudiera estar adscrito.
III. Los socios/as podrán proponer la creación de GT siguiendo el procedimiento establecido en el punto VI.
IV. El IMA está representado por su Junta Directiva. Los GT están subordinados al IMA en todo momento, no pudiendo realizar declaraciones públicas, firmar contratos, o desarrollar actividad alguna que no haya sido previamente aprobada por el IMA, a través de su Junta Directiva, o por el órgano que pudiera crearse para regular específicamente estos Grupos.
VI. Para crear un Grupo Temático se enviará a la Junta Directiva una Declaración de Intenciones conteniendo la siguiente información:
- Nombre del Grupo Temático
- Definir claramente su área de interés, dentro del marco general de los intereses representados por el IMA
- Declarar si pudiera existir algún tipo de solapamiento con alguno de los Grupos Temáticos ya creados
- Describir el mecanismo de intercambio de información dentro del GT, bien sea mediante reuniones periódicas, foros electrónicos, página web, etcétera
- Relacionar el nombre de los socios del IMA que apoyan la creación del GT, que deberán ser al menos cinco socios/as de pleno derecho
- Los miembros del GT designarán a uno de sus miembros como coordinador del Grupo, el cual tendrá las siguientes funciones:
- Facilitar a quien se lo solicite información del GT que coordina.
- Ser la persona de contacto del GT con la Junta Directiva. Los datos de contacto del coordinador serán los datos de contacto de la Junta Directiva con el GT.
- Organizar y coordinar las actividades del GT.
- Un/a socio/a del IMA sólo podrá coordinar un GT, si bien puede pertenecer a varios Grupos simultáneamente.
- Elaborar anualmente un informe de las actividades del GT, que será entregado a la Junta Directiva cuando ésta determine.
- Especificar el mecanismo de nombramiento y renovación del coordinador del GT.
VII. La Junta Directiva podrá crear o disolver Grupos Temáticos, y posteriormente dichas decisiones serán sometidas a ratificación por la Asamblea General Ordinaria.
(Texto aprobado en la reunión de la Junta Directiva del 26 de octubre de 2009)
Como resumen de los puntos arriba mencionados, los Grupos Temáticos funcionarán siguiendo la política de amplia transparencia que guía la actividad de esta Asociación.
[Formulario para solicitar la creación de un Grupo Temático]
Aviso legal
Este formulario completado podrá almacenarse en una base de datos específica, de propiedad y gestión del IMA, con el único fin de prestar el servicio requerido. informándole de que los datos que incluya en el formulario únicamente serán utilizados para los fines declarados en el mismo.
De acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal (LOPD), en cualquier momento cualquier persona que se considere parte interesada puede dirigirse al IMA, para ejercer los derechos de acceso, rectificación, modificación, cancelación, anulación y oposición de los datos que considere oportunos.
Asimismo el IMA le informa que no vende ni comparte los datos de sus registros con ninguna entidad u organización.
Coordinación de los Grupos Temáticos del IMA
Para cualquier duda o aclaración acerca de los Grupos Temáticos (GT) en general puedes dirigirte a los coordinadores de los GT del IMA:
coordinacionggtt [ARROBA] ima.org.es
Para consultas acerca de los Grupos Temáticos ya creados, debes dirigirte al coordinador/a del GT correspondiente.